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¿Se pueden devolver medicamentos en la farmacia?


¡Bienvenidos de nuevo a nuestro blog, amigos y amigas!

Hoy hablaremos sobre un tema que nos encontramos en la farmacia y queremos compartir con todos vosotros: la devolución de los medicamentos en las farmacias. Además, puesto que entendemos que es una duda generalizada entre todos vosotros creemos que es más que conveniente explicar también los motivos de este procedimiento.

Generalmente no podemos aceptar la devolución de un medicamento en la farmacia, aunque esté cerrado y no haya sido utilizado por el paciente. El motivo es muy simple: el medicamento no es un bien de consumo, sino de salud. Tenemos razones sanitarias y legales que respaldan este procedimiento.

¿Por qué no se puede devolver un medicamento en la farmacia?

Cuando el medicamento o producto farmacéutico ha sido dispensado por el farmacéutico, ya no se puede garantizar la seguridad y eficacia del mismo, puesto que no podemos saber a ciencia cierta si se ha conservado en condiciones óptimas. De la misma manera, no se puede garantizar que no haya sido manipulado o que se haya expuesto a unas inadecuadas condiciones de conservación (por ejemplo, someterlo a temperaturas muy elevadas o haberlo mantenido directamente expuesto al sol).

Si el profesional farmacéutico aceptara las devoluciones del medicamento y los volviera a dispensar, nos podríamos encontrar con los siguientes escenarios:

  • El medicamento no hace efecto o está en mal estado, consecuencia directa de no haber mantenido las condiciones de conservación adecuadas.

  • Es perjudicial para nuestra salud. Se han producido casos en los que se han manipulado medicamentos, inyectando diferentes sustancias extrañas, llegando incluso a introducir veneno en ellos.

Casos concretos

Vamos a imaginar un caso que creemos es muy ilustrador: ¿aceptarías un medicamento que otra persona se ha llevado anteriormente y del que no pudiéramos garantizar la conservación de la cadena del frío?

Además, hay temas especialmente más sensibles que nos sirven para ponernos en situación. En la mayoría de farmacias, a parte de medicamentos, también disponemos de productos de alimentación infantil. ¿Estarías dispuesto a llevarte a casa un producto de alimentación infantil que anteriormente han devuelto?

Indagamos en la legislación española

En concreto, la Ley 29/2006 del artículo 2.6 de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos, prohíbe la dispensación por parte del farmacéutico de cualquier medicamento que haya sido dispensado previamente a otro paciente y haya sido devuelto por él.

En conclusión, el farmacéutico según la legislación sanitaria española y como garante de la eficacia y la seguridad del medicamento, no puede aceptar la devolución del mismo.

Desde Farmacia Amiga Puerto de la Torre esperamos que entendáis el procedimiento que tenemos que seguir y las condiciones por las cuales actuamos así. En cuestión de salud, ¡no nos la podemos jugar!

Muchas gracias por leernos, ¡y hasta la próxima!

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